martes, 4 de junio de 2013

PROTECCION DE DATOS - sus clientes morosos

¿Tiene miedo a sus clientes morosos?
¡...Pues hace bien!


¿Quién no tiene en estos tiempos facturas pendientes de cobro y tiene que hacer todo lo que está en sus manos para intentar cobrarlas? ¿Quién no tiene hoy día clientes morosos?

Hasta hace poco, quien tenía un cliente que le debía dinero, tenía sólo un problema: conseguir cobrarle. Ahora quien tiene un cliente moroso tiene un doble problema; por un lado, cobrar la deuda se ha convertido casi en misión imposible, pero es que además tiene otro con el que no contaba: la protección de datos de carácter personal.

Porque como su empresa dé un paso en falso con los datos personales del moroso al intentar cobrarle, se arriesga a recibir una sanción millonaria. Y no es ninguna exageración, sino algo que está ocurriendo todos los días. Y como muestra, algunas de las últimas sanciones impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos(AEPD) en relación a reclamaciones de deudas a mororos (que puede consultar en su página web  www.agpd.es .

      
  • 50.000 € a una empresa de telefonía móvil por intentar cobrar una deuda de 382 € a un cliente.
  • Otros 50.000 € de multa a otra empresa que intentó cobrar una deuda pendiente de 119 €.
  • Otros 50.000 € a una tercera empresa a quien debían 27 €.

Para muchas empresas -como las de los tres ejemplos anteriores-, tras haber intentado cobrar la deuda reclamándola de todas las formas posibles, su última baza es incluir como forma de presión al deudor en un fichero de solvencia patrimonial y crédito (Asnef, Equifax, RAI, Badexcug-Experian, etc.), conocidos coloquialmente como “ficheros de morosos”, pero arriesgándose a cometer algún pequeño error que lleve al moroso a denunciarle ante la AEPD… y recibir, en consecuencia, una sanción ejemplar por parte de esta.

¿Qué errores pueden cometerse en el proceso? Innumerables

No haber comunicado a sus clientes en el momento en que contrataron el servicio con su empresa, que sus datos personales relativos a la deuda podían ser comunicados a estos ficheros de solvencia patrimonial y crédito.

Error
Incluir la deuda en el fichero antes del plazo en que se permite hacerlo.

Error
Incluir un importe distinto al de la deuda (incluso por un céntimo).

Que el sobre en el que se comunica al deudor algo relacionado con la deuda incluya algún indicio que permita deducir a algún tercero (por ejemplo, al cartero o al conserje del edificio en el que vive el moroso) que la carta se refiere a que el destinatario debe dinero.

Incluir los datos de una persona que no incurrió en la deuda, sino que alguien suplantó su identidad para contratar ese servicio que ha quedado sin pagar (por ejemplo, alguien usó su NIF para contratar algún servicio y, al no pagarlo la persona titular del NIF, se le incluye en el fichero de morosos).

Y un largo etcétera de errores, grandes y pequeños, que pueden convertir el legítimo derecho de intentar cobrar el dinero que le deben en una sanción multimillonaria.
 
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Para ayudar a su empresa hemos elaborado un Informe Estratégico “Especial Morosidad” que será su hoja de ruta si su empresa pretende cobrar sus deudas incluyendo a los deudores en un fichero de morosos.

Esto es lo que encontrará en “Especial Morosidad” de PractiLetter:
  • Le guiará paso a paso para poder incluir a una persona en un fichero de mororos de forma segura (incluso con un checklist para no saltarse ni un solo requisito).
  • Sabrá qué deudas puede inscribir. Sabrá si la suya cumple el requisito de “cierta, vencida y exigible” que exige la normativa.
  • Sabrá atender los derechos ARCO de los morosos (otra continua fuente de conflictos… y sanciones).
  • Le explicaremos cómo elegir una empresa de recobro que sea su aliado para cobrar sus deudas (en lugar de una fuente adicional de problemas, como tantas veces ocurre).
  • Le contamos lo que dice la normativa, matizada con todas las resoluciones que ha ido dictando la AEPD y las sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional. Para que usted sepa actuar evitando los errores que han cometido otros y conforme a lo que ha avalado la Justicia.

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