Si el
convenio permite elegir a un trabajador cambiar la manutención por dinero en metálico, esta opción tributa
Si
un convenio colectivo (por ejemplo, el de Hospedaje) establece el derecho de
los trabajadores a recibir la manutención como complemento salarial en especie
con cargo a la empresa, este beneficio social no tributa. Pero si el mismo
convenio establece la posibilidad de que el trabajador pueda optar por
sustituir ese beneficio por la entrega de determinada cantidad en metálico, en
ese caso ese importe en metálico sí tributaría. Esto es así porque cuando la
empresa entrega al trabajador importes en metálico para que sea éste quien
adquiera los bienes, derechos o servicios, entonces la renta tendrá la
calificación de dinerada.
Por ello, aunque la renta dinerada sustituya a una en especie y ambas
opciones estén previstas en el convenio, a la retribución dinerada se le deberá
practicar la correspondiente retención a cuenta del IRPF (respuesta vinculante
a la Consulta V1636-12 de la DGT de 27.07.12).
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