miércoles, 25 de septiembre de 2013

LABORAL - Salario mínimo interprofesional



Salario mínimo interprofesional


El SMI es el fijado anualmente por el Gobierno, referido a cualesquiera actividades en la industria, agricultura y servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, y referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad. Para los trabajadores por cuenta ajena, el SMI cumple la función de garantía salarial mínima [art. 27 del ET y art. 1 del RDL 3/2004]



PERIODO SMI/día/€ SMI/mes/€
2013
21,51
645.30
2012
21,38
641.40
2011
21,38
641.40
2010
21,11
633,30
2009
20,80
624,00
2008
20,00
600,00
2007
19,02
570,60



  2013 2012 2011 2010 2009 2008 2007
SMI trabajadores eventuales y temporeros /euros jornada
30,57
30,39
30,39
30,00
29,56
28,42
27,02
SMI empleados de hogar /euros hora
5,05
5,02
5,02
4,96
4,89
4,70
4,47

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Plazo de 3 días para comunicar las variaciones a la Seguridad Social/2015

  Plazo de 3 días para comunicar las variaciones a la Seguridad Social/2015 El pasado 26 de julio entraba en vigor en  Real Decreto 708/20...