viernes, 13 de septiembre de 2013

LABORAL - CALCULO DE DIA DE SALARIO 2013





 En primer lugar, hay que hallar el SALARIO diario. A tal efecto, sólo se computan las retribuciones que, conforme al art. 26 ET, tengan la condición de "salariales" por retribuir trabajo efectivo o tiempo de trabajo; por tanto:
-  El salario base.
-  El plus lineal: realmente no es otra cosa que salario base, ya que retribuye el trabajo por unidad de tiempo.
-  La antigüedad, por tratarse de un complemento salarial personal que retribuye tanto la mayor experiencia (de la que se supone un mayor/mejor rendimiento) que se adquiere con los años de trabajo, como la permanencia del trabajador en la empresa.
-  Las pagas extraordinarias, por retribuir también el trabajo.

 
En cambio, no se computará por tener carácter extrasalarial, el plus transporte, que no es salario, por cuanto se trata de una compensación de los gastos que el trabajo ocasiona al trabajador (art. 26.2 E.T.)

De acuerdo con las consideraciones anteriores, las cantidades a computar serían las siguientes:
-salario base..........................................................     1.100 €/mes
-plus lineal.................................................................... 100 €/mes
-antigüedad...........................................................         100 €/mes
 

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