LA RETRIBUCION VARIABLE
- 2013
La retribución variable, bien diseñada, es una herramienta
de motivación muy poderosa que puede ser
beneficiosa tanto para su empresa como para sus empleados al vincular el
cumplimiento de objetivos con la percepción de una mayor remuneración. Pero es
un sistema que, si no se define a la perfección, puede acabar siendo un
problema para su empresa. Y más ahora que el Tribunal Supremo acaba de
sentenciar que a la hora de pactar el abono de un variable, en caso de duda en
la cláusula o acuerdo donde se estipule, siempre se interpreta a favor del
trabajador.
La empresa tiene que abonar el variable si la cláusula que
fijó su abono no es inequívocamente clara
Las cláusulas contractuales que fijen una retribución
variable deben estar suficientemente claras, ser inequívocas y estar redactadas
de forma que no haya ambigüedades. En caso de que no sea así, este tipo de
cláusulas sólo pueden interpretarse a favor de los trabajadores y no de la
empresa, que es quien las incluye en el contrato (sent. del TS de 9.07.13, en
unificación de doctrina).
Una empresa del sector
de artes gráficas contrató a un trabajador como director, dependiendo del
consejero delegado de la compañía. En el contrato se fijó una cláusula sobre el
abono de retribución variable condicionada al cumplimiento anual de una serie
de objetivos fijados por el consejero delegado. En cualquier caso, se fijaba
una remuneración variable mínima del 66% de la retribución variable base máxima
estipulada para cada ejercicio.
El trabajador percibió el variable durante los primeros
años. Cuando llegó el momento de percibir la cuantía correspondiente al
ejercicio 2009 la empresa se negó, argumentando la existencia de causas
económicas (fuerte y continuada caída de ingresos experimentada por la
compañía) y que el trabajador no había cumplido los objetivos.
El trabajador interpuso una demanda de reclamación de
cantidad y tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid “tumbaron” su reclamación, al entender que las causas que llevaron a
la empresa a no abonarle el variable estaban justificadas.
Sin embargo, no lo entiende así el Tribunal Supremo. En su sentencia, dictada además en unificación de doctrina, determina que
a la hora de establecer un pacto o
cláusula contractual en materia de retribución variable, no se puede dejar su
interpretación al arbitrio de una sola de las partes (en este caso la empresa),
ya que esto genera indefensión. Además, en caso de que la cláusula
no esté lo suficientemente clara, “no puede sino interpretarse en contra de
quien incluyó dicha cláusula en el contrato, que obviamente fue la empresa”.
Además, aunque la cláusula que estipulaba el abono de la
retribución variable estaba vinculada a la consecución de unos objetivos que
debía fijar la empresa (algo que es posible, salvo que sea abusivo), en este
caso se había fijado una retribución variable mínima del 66%, lo que claramente
indica que el bonus en su cuantía mínima del 66%
“se ha de percibir sea cual sea el alcance o cumplimiento de
los objetivos”.
Además, el TS entiende que la cláusula “encierra oscuridad”
en lo que respecta al importe del bonus. Y esto es así pues aunque se deja
claro que es la empresa la que fija los objetivos, el importe de la retribución
variable se hace por el consejero delegado “de acuerdo con el esquema
retributivo aplicable al cargo que ocupa el directivo”. Y el TS considera que
esta expresión es ambigua y que la empresa no ha justificado suficientemente
cuál ha sido el sistema de cálculo utilizado durante los años en que sí abonó
el variable. Por tanto, como la cláusula no es clara, la empresa debe abonar el
variable.
Las 5 pautas
para diseñar un sistema de retribución variable que no se vuelva en su contra
Para ello le dejamos este correo , para preguntarnos si tiene alguna duda.
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