jueves, 14 de marzo de 2013

PREGUNTAS Y DUDAS LABORALES 1



¿Qué implicaciones laborales y de Seguridad Social conllevaría para empresa y trabajador secundar la huelga ?
 ¿Puede una empresa a la que se ha autorizado un ERE suspensivo contratar a un nuevo trabajador durante el período de dicha suspensión?
 ¿Cómo se articula la reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción?
 Tras la reciente reforma de la negociación colectiva, ¿cómo se articula la ¿ultraactividad¿ de los convenios colectivos y la obligatoriedad del sometimiento al arbitraje?
 ¿Qué límite tiene la realización de horas extras en los trabajadores a tiempo parcial?
 ¿En qué consiste el Plan de Acompañamiento Social que el empresario debe presentar a la autoridad laboral al solicitar un expediente de regulación de empleo?
 ¿Qué grado de protagonismo alcanzarán los convenios colectivos de empresa?
 ¿Está obligado el trabajador afectado por un ERE suspensivo a solicitar prestación por desempleo?
 ¿Qué documentación debe presentar el empresario cuando solicita que el FOGASA se haga cargo de 8 días de salario correspondientes a la indemnización por despido objetivo?
¿Pueden los trabajadores que se encuentren en excedencia voluntaria ser despedidos por causas económicas?
  ¿Qué requisitos son necesarios para que la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo sea causa de despido?
  
¿Puede modificarse el horario de los trabajadores en la empresa a través del mecanismo de la distribución irregular de la jornada prevista en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores?
  
¿Tiene obligación el FOGASA de abonar las cantidades acordadas en el acto de conciliación?
  
¿Qué derechos tienen los trabajadores de una empresa ante la suspensión de sus contratos adoptada en virtud del artículo 47 del ET?
  
¿Cómo se calcula la base de cotización en un contrato a tiempo parcial con jornada de trabajo concentrada?
  

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Plazo de 3 días para comunicar las variaciones a la Seguridad Social/2015

  Plazo de 3 días para comunicar las variaciones a la Seguridad Social/2015 El pasado 26 de julio entraba en vigor en  Real Decreto 708/20...