lunes, 25 de marzo de 2013

LABORAL - LEY LISOS - TABLA DE SANCIONES

Sanciones: Tabla de sanciones de la LISOS


 Infracciones en materia de relaciones laborales y empleo, Seguridad Social, movimientos migratorios, trabajo de extranjeros y obstrucción a la acción inspectora

LEVES: 

Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 60 a 125 €
Medio
Multa de 126 a 310 €
Máximo
Multa de 311 a 625 €
GRAVES:
Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 626 a 1250 €
Medio
Multa de 1.251 a 3.125 €
Máximo
Multa de 3.126 a 6.250 €
MUY GRAVES:
Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 6.251 a 25.000 €
Medio
Multa de 25.001 € a 100.005 €
Máximo
Multa de 100.006 a 187.515 €


 Infracciones en materia de cooperativas:
Infracción
Cuantía
Leve
Multa de 375 a 755 €
Grave
Multa de 756 a 3.790 €
Muy grave
Multa de 3.791 a 37.920 €


 Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales:
LEVES:
Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 40 a 405 €
Medio
Multa de 406 a 815 €
Máximo
Multa de 816 a 2.045 €
GRAVES:
Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 2.046 a 8.195 €
Medio
Multa de 8.196 a 20.490 €
Máximo
Multa de 20.491 a 40.985 €
MUY GRAVES:
Grado
Cuantía
Mínimo
Multa de 40.986 a 163.955 €
Medio
Multa de 163.956 a 409.890 €
Máximo
Multa de 409.891 a 819.780 €


Comentario: Al igual que su empresa puede ser sancionada por incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sus trabajadores tienen también unas obligaciones que deben cumplir (art. 29 de la LPRL) y, si no lo hacen, puede sancionarles. Entre otras obligaciones, sus trabajadores deben velar por su propia seguridad y salud en el trabajo, utilizar adecuadamente los instrumentos y equipos que se le han facilitado para desarrollar su trabajo, emplear correctamente los medios y equipos de protección que le facilite su empresa y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes en máquinas o lugares de trabajo.

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