Sanciones: Tabla de sanciones de la LISOS
→ Infracciones en materia de relaciones laborales y empleo, Seguridad Social, movimientos migratorios, trabajo de extranjeros y obstrucción a la acción inspectora
LEVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 60 a 125 €
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Medio
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Multa de 126 a 310 €
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Máximo
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Multa de 311 a 625 €
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GRAVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 626 a 1250 €
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Medio
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Multa de 1.251 a 3.125 €
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Máximo
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Multa de 3.126 a 6.250 €
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MUY GRAVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 6.251 a 25.000 €
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Medio
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Multa de 25.001 € a 100.005 €
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Máximo
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Multa de 100.006 a 187.515 €
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► Infracciones en materia de cooperativas:
Infracción
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Cuantía
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Leve
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Multa de 375 a 755 €
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Grave
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Multa de 756 a 3.790 €
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Muy grave
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Multa de 3.791 a 37.920 €
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→ Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales:
LEVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 40 a 405 €
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Medio
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Multa de 406 a 815 €
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Máximo
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Multa de 816 a 2.045 €
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GRAVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 2.046 a 8.195 €
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Medio
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Multa de 8.196 a 20.490 €
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Máximo
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Multa de 20.491 a 40.985 €
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MUY GRAVES:
Grado
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Cuantía
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Mínimo
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Multa de 40.986 a 163.955 €
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Medio
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Multa de 163.956 a 409.890 €
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Máximo
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Multa de 409.891 a 819.780 €
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Comentario: Al igual que su empresa puede ser sancionada por incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales,
sus trabajadores tienen también unas obligaciones que deben cumplir
(art. 29 de la LPRL) y, si no lo hacen, puede sancionarles. Entre
otras obligaciones, sus trabajadores deben velar por su propia
seguridad y salud en el trabajo, utilizar adecuadamente los instrumentos
y equipos que se le han facilitado para desarrollar su trabajo, emplear
correctamente los medios y equipos de protección que le facilite su
empresa y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad
existentes en máquinas o lugares de trabajo.
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