TARIFA PLANA PARA JÓVENES AUTÓNOMOS
Tarifa plana en la cotización a la Seguridad Social: establecimiento de una cuota de 50 euros para el inicio de una actividad por cuenta propiaObjetivo:
Facilitar el autoempleo y el inicio de la actividad emprendedora a los jóvenes menores de 30 años.Desarrollo de la medida:
Los
jóvenes emprendedores que causen una nueva alta en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (RETA) tendrán la posibilidad de abonar una
cuota mínima por contingencias comunes durante los primeros meses para
que puedan iniciar una actividad por cuenta propia.
Así,
durante los seis meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos
del alta, se aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de
aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en
cada momento en este Régimen. De esta forma el nuevo autónomo menor de
30 años podrá cotizar durante el primer semestre una cuota aproximada de
50 euros.
Posteriormente, y durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%.
Transcurrido
el primer año desde el alta en el RETA, los hombres de hasta 30 años y
las mujeres de hasta 35, se beneficiarán del mantenimiento de una
reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los
siguientes 18 meses.
En el caso de jóvenes
menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocida igual o
superior al 33%, la reducción del 80% se aplicará durante los 12
primeros meses desde la fecha de alta y, después, se mantendrá la
bonificación del 50% hasta un máximo de cinco años.
Requisitos:
- Sólo será aplicable a altas iniciales en el RETA.
- Tener hasta 30 años.
- No tener trabajadores contratados (no disponer de código de cuenta de cotización como empleador).
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