LIMITE DE EXENCIONES AÑO TRIBUTARIO 2012
En la tabla adjunta se presenta el Límite de Exenciones para el Año Tributario 2012, para las 9 categorías que se indican. Los montos de exenciones e ingresos no renta se presentan en Unidades Tributarias Anuales o Mensuales y en pesos chilenos, vigentes al mes de Diciembre del año 2011.
LÍMITE DE EXENCIONES
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Concepto
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Monto
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Exención $
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1.- Exención Impuesto Primera Categoría empresas individuales no
acogidas a los artículos 14 bis ó 14 ter LIR (art. 40 Nº 6).
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1 UTA
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468.252
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2.- Exención de Impuesto Global Complementario. (art.52).
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13,5 UTA
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6.321.402
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3.- Exención de Impuesto Global Complementario por rentas de capitales
mobiliarios obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores
dependientes (art. 57 inc. 1º).
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20 UTM del Mes de Diciembre de 2011
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780.420
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4.- Exención de Impuesto Global Complementario por rentas provenientes
del rescate de Cuotas de Fondos Mutuos obtenidas por pequeños
contribuyentes y trabajadores dependientes (art. 57 inc. 2º).
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30 UTM del Mes de Diciembre de 2011
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1.170.630
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5.- Exención de Impto. Global Complementario por rentas determinadas
sobre retiros efectuados de las cuentas de ahorro voluntario abiertas en
las AFP, acogidas a las normas generales de la Ley de la Renta,
obtenidas por pequeños contribuyentes y trabajadores dependientes (art.
22 DL N° 3500/80).
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30 UTM del Mes de Diciembre de 2011
|
1.170.630
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6.- Exención de Impto. Global Complementario por la rentabilidad anual
generada por los APV acogidos al régimen tributario establecido en el
inciso segundo del artículo 42 bis de la LIR (art. 20 L DL N° 3500/80 e
inciso 2° Art. 42 bis LIR).
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30 UTM del Mes de Diciembre de 2011
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1.170.630
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7.- Exención de Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario
por rentas provenientes del mayor valor obtenido en la enajenación de
acciones de sociedades anónimas percibidas por pequeños contribuyentes y
trabajadores dependientes (art. 57 inc 1º).
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20 UTM del Mes de Diciembre de 2011
|
780.420
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8.- Exención de Impuesto Unico de Primera Categoría por rentas
provenientes del mayor valor obtenido de las operaciones a que se
refieren las letras a), c), d), e), h) y j) del Nº 8 del art. 17 (art.
17 Nº 8 inciso 3º)
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10 UTA
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4.682.520
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9.- Monto no constitutivo de renta de cantidades percibidas en
cumplimiento de un seguro dotal (Art. 17 N°3).
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17 UTM del mes de Diciembre de 2011
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663.357
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