¿Qué es el
IAE?¿Cuándo y dónde tengo que pagar el IAE?
Hay muchos empresarios que se preguntan ¿tengo que
pagar el IAE? ? ¿Cuándo lo he de pagar? Incluso en muchas ocasiones se
confunde lo que es el impuesto del IAE con el epígrafe de la actividad
económica.
¿Qué es el IAE? El IAE es un impuesto que recaudan los Ayuntamientos por
el desarrollo de actividades económicas en su territorio. El importe de las
cuotas a pagar es el que resulta de la aplicación de las tarifas oficialmente
aprobadas que varían en función de la actividad realizada y de las variables
afectadas.
¿Dónde tengo que pagar el IAE? A pesar de que es un impuesto
municipal, la titularidad de la gestión censal (formación de
la matrícula del impuesto, calificación de actividades y señalamiento de
cuotas) es una competencia exclusiva de la AEAT, por lo que buena
parte de las relaciones deberán mantenerse con este organismo del Estado. En
algunas provincias como en Barcelona los Ayuntamientos tienen cedidas las
competencias de recaudación a la Diputación.
¿Cuándo tengo que pagar el IAE?
Quienes están obligados a pagar el IAE: Con carácter
general aquellas personas físicas, entidades jurídicas y entidades en
atribución de rentas siempre que realicen actividades económicas en España:
¿Cuándo no tengo que pagar el IAE?
MUY IMPORTANTE: EXCEPCIONES
1.- Las personas físicas residentes en España no pagan
IAE
2.- Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades,
las sociedades civiles y las comunidades de bienes quetengan un importe neto de
la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
No obstante, aun teniendo que pagar el impuesto, se
toma como referencia el importe neto de la cifra de negocios del Impuesto sobre
Sociedades el del período impositivo cuyo plazo de presentación de
declaraciones por dichos tributos hubiese finalizado el año anterior al del
devengo de este impuesto. Por tanto, dicho importe no tendrá que pagarse hasta
dos años posteriores al ejercicio en el que se haya sobrepasado dicha cifra.
3.- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de
No Residentes, es decir, los no residentes que operen en España mediante
establecimiento permanente y que tengan un importe neto de la cifra de negocios
inferior a 1.000.000 de euros.
Qué declaraciones hay que presentar cuando tengo que
pagar el IAE:
Cuando detectamos que nuestro negocio ha superado
1.000.000 de euros de cifra de negocios hemos de darnos de alta de la
obligación del IAE.
– Declaración de Alta: se presenta antes
del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad o durante el mes de
diciembre inmediato anterior al año en que estén obligadas a tributar por dejar
de cumplir las condiciones para disfrutar de una exención.
– Declaración de variación: se presentan
en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en que se produjo la
circunstancia que motivó la variación
– Declaración de baja: se presentarán en
el plazo de un mes desde que se produjo el cese o durante el mes de diciembre
inmediato anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber
accedido a una exención.
Modelos a presentar:
La declaración de alta, modificación y baja del IAE,
en caso de sujetos pasivos que estén exentos del mismo por todas las
actividades que desarrollen, se llevará a cabo a través del modelo 036. En caso
de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE presentará el modelo
840.
Pueden localizarse dichos modelos en:
www.aeat.es
¿Qué declaraciones se presentan por IAE?
Presentan declaraciones de IAE (alta,
baja o variación) los contribuyentes sujetos al impuesto y no exentos.En
el caso de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE,
presentará declaración por el impuesto por todas las actividades incluso
por las exentas.
Plazos de declaración:
Declaración de alta:
- Por iniciar una actividad, en el transcurso de un mes desde el inicio de la misma.
- Por dejar de disfrutar de exención, durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que estén obligados a tributar.
- Por iniciar una actividad, en el transcurso de un mes desde el inicio de la misma.
- Por dejar de disfrutar de exención, durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que estén obligados a tributar.
Declaración de variación:
En el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó la variación.
En el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó la variación.
Declaración de baja:
- Por cesar en el ejercicio de la actividad, en el plazo de un mes desde el cese.
- Por pasar a disfrutar de exención por el impuesto por el conjunto de actividades, en el mes de diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber accedido a una exención.
- Por cesar en el ejercicio de la actividad, en el plazo de un mes desde el cese.
- Por pasar a disfrutar de exención por el impuesto por el conjunto de actividades, en el mes de diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber accedido a una exención.
Declaración de comunicación del importe neto de cifra de negocios:
Se presenta entre el día 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE.
Se presenta entre el día 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE.
Modelos de declaración:
Modelo 840 de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Para presentar declaraciones del impuesto de alta, baja o variación. No obstante, en el caso de cuotas municipales, cuando la gestión censal del impuesto esté delegada en alguna entidad local, las declaraciones se presentarán en la entidad que tiene delegada la gestión censal y en el modelo que éstas tengan aprobado.
Para presentar declaraciones del impuesto de alta, baja o variación. No obstante, en el caso de cuotas municipales, cuando la gestión censal del impuesto esté delegada en alguna entidad local, las declaraciones se presentarán en la entidad que tiene delegada la gestión censal y en el modelo que éstas tengan aprobado.
Modelo 848 de comunicación del importe neto de la cifra de negocios.
Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el impuesto deben presentar dicho modelo para consignar el importe neto de su cifra de negocios, salvo que hayan hecho constar dicho importe en la declaración del Impuesto de Sociedades, la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el impuesto deben presentar dicho modelo para consignar el importe neto de su cifra de negocios, salvo que hayan hecho constar dicho importe en la declaración del Impuesto de Sociedades, la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
Otras obligaciones censales (modelos 036-037):
Todas
las personas y entidades incluidas en el censo de empresarios,
profesionales y retenedores deben declarar todas las actividades
económicas que desarrollen, así como, en su caso, la relación de los
establecimientos o locales en los que las lleven a cabo, mediante la
declaración censal, modelos 036 o 037. Esta obligación es independiente
de que, además y en su caso, la entidad pueda estar obligada al pago del
Impuesto sobre Actividades Económicas y deba presentar las
correspondientes declaraciones del IAE.
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