miércoles, 29 de octubre de 2014

COMO Contabilizo el deterioro antes de fin de año 2014

Contabilice el deterioro antes de fin de año!

Compruebe el valor de sus activos y contabilice los deterioros que se hayan podido producir antes de final de año. ¡Está previsto que a partir de 2015 los deterioros de la mayoría de activos dejen de ser deducibles!

Deterioro no deducible

A partir de 2015. Según el Plan de Contabilidad, cuando el valor de algún activo fijo (inmovilizado tangible, intangible, inversiones inmobiliarias e inversiones financieras) disminuye por debajo de su valor contable, su empresa debe contabilizar un gasto que refleje dicha pérdida de valor. ¡ Atención! No obstante, a partir de 2015 la mayoría de estos deterioros no serán deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. Sólo habrá dos excepciones: los deterioros de existencias y los deterioros por impagados con más de seis meses de antigüedad.
Ajustes positivos. Es decir, a partir de 2015 su empresa deberá hacer lo siguiente:
  • Contabilidad. Si sus activos pierden valor, cada año deberá contabilizar el gasto por deterioro, de acuerdo con las normas contables.
  • Impuesto. No obstante, cuando confeccione el Impuesto sobre Sociedades, deberá hacer un ajuste de signo positivo igual al deterioro contabilizado.

Contabilícelo en 2014

Antes del 31 de diciembre. Por tanto, revise todos sus activos y contabilice los deterioros que se hayan producido antes de que finalice el ejercicio 2014 . ¡Atención! Si espera a 2015 para hacerlo, dichos deterioros ya no serán fiscalmente deducibles y no podrá reducir el pago del Impuesto sobre Sociedades.
Ejemplo. Su empresa es propietaria de una nave industrial que adquirió por un millón de euros. Su valor contable a final de 2014 será de 790.000 euros, y su valor de mercado de 600.000 euros. Apunte. Pues bien, si contabiliza el deterioro de 190.000 euros en 2014, esta partida será fiscalmente deducible (en 2015 ya no lo será), y obtendrá un ahorro de 47.500 euros (190.000 x 25%).

Deterioros de ejercicios anteriores

No prescritos. Puede que, al revisar el valor de sus activos, encuentre alguno cuyo deterioro no se haya producido sólo en 2014 y que también proceda del 2013 o de ejercicios anteriores (como por ejemplo un inmueble que ha ido perdiendo valor durante los últimos años sin que usted haya contabilizado nada). ¡Atención! En estos casos, contabilice igualmente el deterioro antes de que finalice 2014. A continuación, asegúrese de que dicho deterioro se originó en períodos no prescritos y recopile pruebas que acrediten dicha circunstancia (así, si ha valorado el activo a través de un tasador, que éste haga constar en su informe que el deterioro se produjo, por ejemplo, a partir de 2010 por cambios urbanísticos).
Comprobación. Esto le será muy útil en caso de comprobación. Tenga en cuenta que:
  • Si los deterioros se han generado en ejercicios prescritos (en 2009 o antes), Hacienda no los considerará deducibles.
  • En cambio, si su empresa demuestra que provienen de ejercicios no prescritos, sí deberá admitir su deducibilidad.
Sin prejuicio para Hacienda. En este último caso, para que el deterioro sea deducible también será necesario que el retraso a la hora de contabilizarlo no suponga un menor ingreso de impuestos. Apunte. No obstante, salvo casos excepcionales de empresas con pérdidas muy antiguas, dicho requisito se cumplirá la mayoría de las veces.
Contabilice los deterioros en 2014. Si son de ejercicios anteriores, recopile pruebas que acrediten que se originaron en ejercicios no prescritos y que el hecho de contabilizarlos más tarde no implica ingresar menos impuesto.

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