sábado, 12 de julio de 2014

Limitaciones fisicas para en el carnet de conducir -- ¿Cuándo pueden denegarme la renovación del permiso de conducir?

 ¿Cuándo pueden denegarme la renovación del permiso de conducir?

 

Por qué se deniega el carné de conducir

Cada diez años, los conductores de un automóvil tienen la obligación de actualizar su permiso si quieren seguir cogiendo el coche. Este plazo se reduce a la mitad para quienes hayan cumplido los 65 años y puede variar si el conductor padece algún tipo de enfermedad. Un sencillo test psicotécnico, una fotografía reciente, una revisión médica -que en muchos casos se pasa en menos de dos minutos- y el pago de las tasas de Tráfico bastan para tener el carné en regla durante una década más.
Pero hay un amplio grupo de personas a las que por distintos motivos no se les permite renovar el permiso de conducir. Por lo general, las causas están relacionadas con el padecimiento de enfermedades y en algunos casos también tienen que ver con tratamientos administrados en el pasado. Las limitaciones se especifican en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo y en sus apartados se desgranan las enfermedades, trastornos o deficiencias que impiden la prórroga del permiso de circulación.
Las personas sometidas a un tratamiento con quimioterapia deben esperar tres meses para poder renovar el carné
Algunas dolencias como la ceguera o trastornos muy graves del sistema nervioso central dan lugar, obviamente, a la denegación de actualización del carné de conducir. Pero en otros casos, hay personas que no han visto mermada su capacidad al volante y se sorprenden al saber que, aunque ya estén curados, una enfermedad o un tratamiento del pasado no les permite renovar la licencia hasta que pase un tiempo, que a veces es superior a seis meses.

Enfermedades que incapacitan para renovar el carné

Entre los motivos que generan la prohibición de renovar el carné de conducir se encuentran los siguientes, siempre referidos a conductores no profesionales, ya que los que trabajan llevando un taxi, un autobús o un camión cuentan con más restricciones.
  1. Problemas cardiacos
    Conviene consultar los plazos que han de pasar hasta que una persona con una dolencia del corazón pueda renovar su carné. Los conductores que hayan sufrido una arritmia que les haya provocado una pérdida de atención o un síncope en los últimos seis meses no podrán prorrogar su licencia, salvo con un informe del cardiólogo.
    Tras la colocación de un marcapasos, deberá pasar un mes. A los que se les haya implantado un desfibrilador automático tendrán que esperar seis meses.
    Quienes hayan sufrido un infarto agudo de miocardio o se hayan sometido a cirugía para colocar una prótesis valvular, deberán dejar pasar tres meses para renovar el carné de conducir. Además, tendrán que acudir cada dos o tres años, en función de la dolencia, para solicitar la prórroga de su permiso.
  2. Enfermedades cerebrovasculares
    Seis meses tendrán que transcurrir hasta que una persona que haya sufrido un ataque isquémico pueda poner al día su permiso de circulación, salvo que de modo excepcional un especialista certifique que no sufre secuelas.
  3. Enfermedades hematológicas
    No podrá renovar su carné quien haya tenido en los tres últimos meses una anemia, leucopenia o trombopenia severa o moderada, por lo que deberá esperar a que pase un trimestre si tiene que solicitar la actualización del permiso en esa fecha.
  4. Enfermedades mentales
    Según la gravedad de la enfermedad, se le podrá denegar la prórroga a quien padezca ansiedad, depresión, déficit de atención, psicosis, trastorno de la personalidad o esquizofrenia, si supone un riesgo para la conducción. También lo tendrán restringido quienes sufran demencia o trastornos cognitivos o amnésicos que puedan crear peligro para la seguridad vial.
  5. Diabetes
    Los conductores que necesiten un tratamiento de insulina deben aportar un informe del especialista y su carné solo tendrá validez durante cuatro años.
  6. Cáncer y quimioterapia
    Las personas con cáncer sometidas a tratamiento de quimioterapia no podrán renovar el carné de conducir hasta que hayan pasado tres meses desde que finalice el último ciclo y necesitarán, además, un informe favorable del especialista. El periodo de vigencia cuando lo renueven será de solo tres años.
    No se hace referencia, sin embargo, a las enfermedades tratadas con radioterapia.
  7. Epilepsia
    Si se produce con crisis convulsiva o con crisis que incluye pérdida de conciencia, las personas que lo sufran deben aportar un informe favorable del neurólogo. El permiso tendrá una vigencia de dos años y de cinco si no ha habido crisis durante los tres últimos años.
  8. Trasplante
    La ley habla de manera específica del trasplante renal. Los receptores solo podrán renovar el carné "transcurridos más de seis meses de antigüedad de evolución sin problemas derivados del trasplante, con informe favorable de un nefrólogo".
    Para otro tipo de trasplantes que no están citados de forma explícita, el texto legal señala que no se debe prorrogar el permiso a ninguna persona cuya enfermedad "pueda suponer una incapacidad funcional que comprometa la seguridad vial al conducir, excepto si el interesado acompaña un dictamen facultativo favorable".
  9. Enfermedades respiratorias
    Son diversas las dolencias respiratorias que restringen la prórroga del permiso de conducir. No podrán renovarlo, entre otros casos, quienes padezcan disneas permanentes en reposo o de esfuerzo leve.
  10. Vértigo
    Para poder actualizar el carné, los conductores no deben padecer alteraciones del equilibrio (vértigos, inestabilidad, mareos, vahídos, etc.) permanentes, evolutivos o intensos.
  11. Problemas oftalmológicos
    También en este apartado hay numerosos padecimientos que dan lugar a la denegación de la prórroga del permiso de circulación. Están relacionadas con la agudeza visual, las alteraciones en la capacidad de contraste o la visión monocular.
  12. Consumo de medicamentos
    No se permite la prórroga del permiso a quienes consuman de forma habitual fármacos que produzcan efectos adversos graves en la capacidad de conducir.
  13. Alcoholismo
    Las personas que abusen del alcohol o tengan dependencia o trastornos inducidos por esta sustancia no podrán renovar su carné.
    Sin embargo, si este trastorno se ha sufrido hace años y el abuso o dependencia del alcohol se ha extinguido, se podrá prorrogar la licencia siempre y cuando no haya secuelas irreversibles que supongan un riesgo para la seguridad vial. Para garantizarlo hay que presentar un informe favorable de un psicólogo o un psiquiatra.
  14. Drogadicción
    Algo similar ocurre con las personas que presenten problemas relacionados con el consumo de drogas (abuso, dependencia, demencia, trastornos psicóticos). Al no cumplir con las condiciones físicas para conducir, les será denegada la prórroga del carné. Al igual que sucede en caso de alcoholismo, pasado un tiempo y con los informes preceptivos podrán actualizar su licencia.

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