martes, 1 de abril de 2014

LABORAL - Los nuevos contratos indefinidos con tarifa plana de Seguridad Social



Los nuevos contratos indefinidos con tarifa plana de Seguridad Social
Sólo necesita 100 euros al mes por contingencias comunes durante los primeros 24 meses de contratación cuando el contrato sea indefinido. Parece una medida lo suficientemente atractiva como para lanzarse a celebrar nuevos contratos. Sin embargo, sopese bien antes los requisitos que hay que cumplir para tener derecho a esta bonificación (y para mantenerla)

Las empresas y autónomos (independientemente del tamaño o plantilla que tengan) que contraten a trabajadores con un contrato indefinido sólo cotizaran a la Seguridad Social 100 euros por contingencias comunes (correspondientes a la cuota empresarial) durante los 24 meses del contrato (RD-Ley 3/2014, de 28.02.14, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación estable, BOE de 1.03.14). ahora bien, el resto de contingencias se mantienen como hasta ahora, es decir:

CONTRATACION INDEFINIDA 2014
CONTINGENCIAS
EMPRESA
TRABAJADOR
TOTAL
Desempleo
5.50%
1.55%
7.05%
Fogasa
0.20%

0.20%
Formación Profesional
0.60%
0.10%
0.70%
Horas extra fuerza mayor
12.00%
2.00%
14.00%
Resto de horas extraordinarias
23.60%
4.70%
28.30%


¡Atención!: la tarifa plana no se aplica tampoco a las horas complementarias que realicen los trabajadores a tiempo parcial, es decir, que hay que cotizar por ellas íntegramente (Disp. Adicional Única del RD-Ley 3/2014)
En cuanto a las contingencias profesionales, hay que seguir cotizando por ellas sin ningún tipo de reducción (una cifra que difiere en función de la actividad económica, ocupación o situación mediante la aplicación de una tarifa aprobada anualmente en la LPGE).

Ejemplo comparativo del ahorro que supone para su empresa la tarifa plana
Trabajador a tiempo completo con contrato indefinido (Convenio de la Construcción. Código CNAE 4212 a efectos de aplicación de la tarifa por contingencias  profesionales).
Salario: 1.00ei euros mensuales (importe íntegro incluido prorrateo de las pagas extras) 
Liquidación a la Seguridad Social

Sin tarifa plana
·         Contingencias comunes          330,40€ (23.60%)
·         AT y EP (cont. Profesionales)       93.80€
·         Desempleo:                                  77.00€ (5.50%)
·         Fogasa:                                            2.80€ (0.20%)
·         Formación Profesional:                   8.40€ (0.60%)
·         TOTAL                                        512.40€
Con tarifa plana
·         Contingencias comunes         100€ cuota empresarial
·         AT y EP (cont. Profesionales)       93.80€
·         Desempleo:                                  77.00€ (5.50%)
·         Fogasa:                                            2.80€ (0.20%)
·         Formación Profesional:                   8.40€ (0.60%)
·         TOTAL                                        282.00€
En definitiva, con la tarifa plana la empresa se ahorra 230.40€ mensuales (512.40-282.00€), que representa 2.764,80€ al año
Tenga en cuenta que en la cuota obrera no ha habido cambios (ya sea con o sin tarifa plana). Aunque esa cuantía se detrae de la nómina del trabajador, es decir, que corre  a cargo del empleado, algunas empresas asumen este coste.
la tarifa plana no afecta al trabajador en sus prestaciones (Desempleo, pensión…), ya que éstas se calcularán como si la empresa hubiera aplicado el importe íntegro de la base de cotización.

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