Los nuevos contratos
indefinidos con tarifa plana de Seguridad Social
Sólo necesita 100
euros al mes por contingencias comunes durante los primeros 24 meses de
contratación cuando el contrato sea indefinido. Parece una medida lo
suficientemente atractiva como para lanzarse a celebrar nuevos contratos. Sin
embargo, sopese bien antes los requisitos que hay que cumplir para tener
derecho a esta bonificación (y para mantenerla)
Las
empresas y autónomos (independientemente del tamaño o plantilla que tengan) que
contraten a trabajadores con un contrato indefinido sólo cotizaran a la
Seguridad Social 100 euros por contingencias comunes (correspondientes a
la cuota empresarial) durante los 24 meses del contrato (RD-Ley 3/2014, de
28.02.14, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación
estable, BOE de 1.03.14). ahora bien, el resto de contingencias se mantienen
como hasta ahora, es decir:
CONTRATACION INDEFINIDA 2014
CONTINGENCIAS
|
EMPRESA
|
TRABAJADOR
|
TOTAL
|
Desempleo
|
5.50%
|
1.55%
|
7.05%
|
Fogasa
|
0.20%
|
|
0.20%
|
Formación
Profesional
|
0.60%
|
0.10%
|
0.70%
|
Horas
extra fuerza mayor
|
12.00%
|
2.00%
|
14.00%
|
Resto
de horas extraordinarias
|
23.60%
|
4.70%
|
28.30%
|
¡Atención!: la tarifa plana no se aplica
tampoco a las horas complementarias que realicen los trabajadores a tiempo
parcial, es decir, que hay que cotizar por ellas íntegramente (Disp. Adicional
Única del RD-Ley 3/2014)
En
cuanto a las contingencias profesionales, hay que seguir cotizando por
ellas sin ningún tipo de reducción (una cifra que difiere en función de la
actividad económica, ocupación o situación mediante la aplicación de una tarifa
aprobada anualmente en la LPGE).
Ejemplo comparativo del ahorro
que supone para su empresa la tarifa plana
Trabajador a tiempo completo
con contrato indefinido (Convenio de la Construcción. Código CNAE 4212 a
efectos de aplicación de la tarifa por contingencias profesionales).
Salario: 1.00ei euros mensuales
(importe íntegro incluido prorrateo de las pagas extras)
Liquidación a la Seguridad Social
Sin tarifa plana
·
Contingencias comunes 330,40€ (23.60%)
·
AT y EP (cont.
Profesionales) 93.80€
·
Desempleo: 77.00€
(5.50%)
·
Fogasa:
2.80€ (0.20%)
·
Formación Profesional: 8.40€ (0.60%)
·
TOTAL 512.40€
Con tarifa plana
·
Contingencias comunes 100€ cuota empresarial
·
AT y EP (cont.
Profesionales) 93.80€
·
Desempleo: 77.00€
(5.50%)
·
Fogasa: 2.80€ (0.20%)
·
Formación Profesional: 8.40€ (0.60%)
·
TOTAL 282.00€
En definitiva, con la tarifa plana la empresa se ahorra 230.40€ mensuales
(512.40-282.00€), que representa 2.764,80€ al año
Tenga en cuenta que en la cuota obrera no ha habido cambios (ya sea con o
sin tarifa plana). Aunque esa cuantía se detrae de la nómina del trabajador, es
decir, que corre a cargo del empleado,
algunas empresas asumen este coste.
la tarifa plana no afecta al
trabajador en sus prestaciones (Desempleo, pensión…), ya que éstas se
calcularán como si la empresa hubiera aplicado el importe íntegro de la base de
cotización.
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