viernes, 6 de junio de 2014

LABORAL - ¿Hay que conceder permiso para ir al médico en caso de reducción de jornada por guarda legal?

¿Hay que conceder permiso para ir al médico en caso de reducción de jornada por guarda legal?
 
PREGUNTA:
Una de nuestras empleadas tiene reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo (trabaja por las mañanas de 9:00 a 15:00). Desde hace un par de meses, una o dos veces por semana tiene que acudir al médico en un centro privado, aportando posteriormente a la empresa el justificante correspondiente. ¿Estamos obligados a concederle estos permisos y a retribuírselos, teniendo en cuenta que tiene toda la tarde para poder ir al médico?
 
RESPUESTA:
En primer lugar, e independientemente de que la trabajadora tenga o no reducción de jornada por guarda legal, su empresa sólo está obligada a conceder un permiso retribuido para acudir a consulta médica en caso de que su convenio le obligue a ello, puesto que el Estatuto de los Trabajadores no incluye entre su listado de permisos retribuidos el hecho de acudir al médico.

Es más, algunos convenios especifican expresamente que el permiso retribuido es para acudir a un médico de la Seguridad Social y otros fijan un número máximo de horas de permiso retribuido.

Por tanto, y a salvo de lo que disponga su convenio, su empresa no tiene obligación de conceder el permiso. Y si decide concederlo, puede pedir a la trabajadora que recupere posteriormente el tiempo invertido en ir al médico o bien descontar de su sueldo las horas no trabajadas.

¿Siente que sus trabajadores abusan de los permisos? ¿No tiene claro en qué casos puede negarse (y en cuáles no) a conceder y/o a retribuir determinados permisos? Con este Informe sabrá cómo actuar ante cualquier permiso que le pidan sus trabajadores (permiso por enfermedad, parto, accidente o fallecimiento de un familiar, matrimonio…).

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