Sentencia de 16 de octubre de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la ilegalidad en la redacción dada por el Real Decreto 687/2005 del apartado b) del artículo 111 del Real Decreto 1774/2004: "... y el contribuyente no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español."
BOE 19 Diciembre 2013
FALLO
Que estimando la cuestión de ilegalidad número 1/2013 planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debemos declarar y declaramos la ilegalidad en la redacción dada por el Real Decreto 687/2005 del apartado b) del artículo 111 del Real Decreto 1774/2004: «... y el contribuyente no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.»Esta sentencia, una vez que sea firme, se comunicará a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y su parte dispositiva deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos en el artículo 72.2, en relación con el 126.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Se adoptarán cuantas medidas sean necesarias para cumplimentar este mandato.
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