Los autónomos y el paro
Estrictamente hablando, los autónomos no tienen derecho a una prestación por desempleo, pues este es un concepto que solo se aplica a los trabajadores por cuenta ajena cuando han perdido su trabajo.
Técnicamente, por tanto, es necesario aclarar que conviene hablar de cese de actividad en lugar de paro del autónomo, aunque este último término sea más popular.
La filosofía es la misma - una suerte de prestación social al perder el empleo o tener que cesar la actividad -, pero los requisitos que se aplican son otros.
Requisitos para el paro del autónomo
Existe una serie de requisitos que como autónomo debes cumplir para poder acceder a la prestación por cese de actividad.
- Estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Cubrir el periodo mínimo de 12 meses de cotización como autónomo en concepto de cese de actividad.
- Debes estar al día del pago de la cuota de autónomo.
- No puedes haber perdido tu licencia a ejercer por una infracción penal si quieres recibir el paro.
Cumpliendo estos requisitos eres apto para solicitar la prestación por cese de actividad como trabajador autónomo.
Pero ojo, que puedas solicitarlo no quiere decir que lo vayas a recibir. Has de demostrar que el cese de la actividad ha sido por motivos involuntarios y deberás justificarlo.
Cómo solicitar el paro del autónomo
Una vez cumplidos los requisitos, el autónomo debe solicitar la prestación por cese de actividad en uno de los siguientes organismos:
- En la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que el autónomo tiene cubierto la contingencia por cese de actividad.
- En el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en caso de que la contengencia de cese de actividad esté cubierta por el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- En el Instituto Social de la Marina, si la cobertura por cese de actividad se ha concertado con este.
Calcular el paro de los autónomos
La prestación por cese de actividad se corresponde con el 70% de la base reguladora, que es la media de las bases de cotización por las que has estado cotizando en los doce meses anteriores al cese de la actividad.
En 2020, la base de cotización mínima era de 944,40 € y la máxima era de 4.070,10 €. Por ejemplo, si has cotizado por la mínima en los últimos doce meses, recibirás 661,08 €.
Duración del paro del autónomo
La prestación por cese de actividad en el autónomo también depende del periodo que hayas cotizado.
El mínimo son 12 meses de manera continuada pero si lo has hecho por más tiempo el número de meses en los que percibirás la prestación será mayor.
Existen unos parámetros establecidos por el periodo de cotización. Aquí tienes un listado dependiendo del número de meses cotizados:
- De 12 a 17 meses cotizados, la duración de la prestación será de 4 meses.
- De 18 a 23 meses cotizados, la prestación será de 6 meses.
- De 24 a 29 meses, 8 meses
- De 30 a 35 meses, 10 meses
- De 36 a 42 meses, 12 meses
- De 43 a 47 meses, 16 meses
- Con 48 meses, 24 meses
El paro de los autónomos societarios
Los autónomos societarios también tienen derecho a la prestación por cese de actividad.
Para acceder a dicha prestación deben cumplir los mismos requisitos que cualquier otro autónomo.
El subsidio de desempleo para autónomos y otras ayudas al desempleo para autónomos
¿Qué ocurre si la Seguridad Social te deniega la prestación? ¿Se puede solicitar el subsidio por desempleo? ¿Acaso existe un subsidio de desempleo para autónomos?
Lamentablemente, no. La Seguridad Social no contempla una especie de subsidio para autónomos que no tienen acceso a la prestación por cese de actividad. Tampoco contempla otras ayudas al desempleo para autónomos.
No obstante, la recomendación más razonable es apuntarse como desempleado en la oficina de empleo e informarse de su situación de cara a posibles ayudas.
Existe, por ejemplo, la Renta Activa de Inserción para desempleados mayores de 45 años que no tienen acceso a una prestación o subsidio de desempleo.