domingo, 24 de septiembre de 2017

DIETAS PARA LOS AUTONOMOS - EN 2018


Si es usted autónomo está de enhorabuena, los gastos en restaurantes y alojamiento, tanto en el propio municipio como en otros, serán fiscalmente deducibles en 2018.

La cuantía máxima diaria de la deducción es la misma que en el caso de las dietas exentas de los trabajadores, con se muestra en el siguiente cuadro:
Restaurantes y hoteles. Usted es empresario individual, y cuando visita a sus clientes suele soportar gastos de restaurantes o incluso de hoteles (si se ve obligado a pernoctar fuera de su domicilio). Apunte.  Pues bien, a partir de 2018 estos gastos serán fiscalmente deducibles, con unos límites máximos diarios:
ConceptoEspañaExtranjero
Sin pernocta26,6748,08
Con pernocta53,3491,35
Aunque estas cuantías son iguales a las dietas exentas aplicables a los trabajadores, en este caso la ley no exige que exista desplazamiento a un municipio distinto al del domicilio. 
Por tanto, podrá deducir los gastos de manutención soportados en su propio municipio siempre que estén relacionados con la actividad.Eso sí:
- Los gastos deberán satisfacerse por medios telemáticos --  por transferencia bancaria o con tarjeta, por ejemplo
- Y deberá guardar evidencias de que están relacionados con la actividad: no se deduzca gastos soportados en días inhábiles y conserve los documentos que acrediten los desplazamientos (recibos de peajes o parking, agenda y correos electrónicos intercambiados con el cliente, pedidos concertados.

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