La prestación por cuidado de hijo con una enfermedad grave
y la reducción de jornada
El cuidado de hijo con
cáncer u otra enfermedad grave y reducción
de jornada por
La reducción de jornada está recogida en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, donde se
incluyen también otros tipos de reducciones: la reducción de jornada por
cuidado de hijos, de familiares que no puedan valerse por sí mismos, o por
cuidado de hijos con una enfermedad grave, que es la que estamos explicando.
Por tanto, cuando se tiene un hijo menor de 18 años afectado por
cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por otra enfermedad grave
se puede pedir una reducción de la jornada de trabajo.
El caso más frecuente es el cuidado de hijos, pero la ley utiliza el
término más genérico “cuidado de un menor” porque también se puede aplicar a
quienes tienen a su cargo un menor en acogimiento.
Este tipo de reducción deberá ser superior al 50% de la jornada y podrá ir
acompañada de una prestación, que servirá para compensar la pérdida de
ingresos.
Cuidado de hijo con
cáncer u otra enfermedad grave, prestación
Esta ayuda consiste en una cuantía económica que tiene como finalidad compensar la pérdida de ingresos que tendría que
dejar de recibir el trabajador al reducir su jornada laboral para cuidar de su
hijo.
La reducción de jornada conlleva una reducción proporcional de salario, sin
embargo, si se cumplen determinados requisitos se puede solicitar esta
prestación. Cuando en una familia tanto el padre como la madre trabajan y uno
de ellos se ve en la obligación de reducir su jornada de trabajo para cuidar
del hijo con enfermedad grave, puede solicitar una prestación que cubrirá el
importe que deja de recibir, para intentar que se vea afectado también
económicamente por la situación.
Requisitos para acceder a dicha ayuda
Para
acceder a esta prestación se deben cumplir una serie de requisitos:
- La enfermedad grave deberá conllevar un ingreso hospitalario de larga duración, salvo
en caso de recaída. Si el menor ha estado ingresado pero ahora continúa su
tratamiento en el domicilio, también se podrá seguir percibiendo la ayuda.
- Será necesario un informe del Servicio Público de Salud o
del órgano de la comunidad autónoma que corresponda, que acredite la
enfermedad y la necesidad de cuidado del menor. también será necesario
este informe del servicio público cuando se trate de un diagnóstico
realizado por un médico del sector privado.
- En la unidad familiar, los dos
progenitores (normalmente padre y madre) deberán estar afiliados y dados de alta en la seguridad social.
Además,
será necesario cumplir el periodo
mínimo de cotización, según la edad del solicitante:
Si el
trabajador tiene menos de 21 años
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No se exige
periodo mínimo de cotización
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Si el
trabajador tiene entre 21 y 26 años
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90 días
dentro de los 7 años inmediatamente anteriores o 180 días cotizados a lo
largo de su vida laboral
|
Si el
trabajador es mayor de 26 años
|
180 días
dentro de los 7 años inmediatamente anteriores o 360 días cotizados a lo
largo de su vida laboral
|
Importe que se cobra
por la prestación por cuidado de hijo con una enfermedad grave
Este
subsidio cubre el 100% de la base reguladora establecida para la prestación por
incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, en proporción a
la reducción de jornada, es decir, esta prestación cubrirá la cantidad que el trabajador haya dejado de
percibir al reducir su jornada.
Por ejemplo, Pablo cobra 1200 euros al mes en 12 pagas y solicita
una reducción de jornada del 60%. Por tanto, trabajará el 40% de su jornada y
el empresario le pagará la proporción del salario correspondiente a ese tiempo
de trabajo, en este caso, 480 euros. Por otra parte, los 720 euros restantes
hasta alcanzar su salario habitual, serán el importe de esta prestación, así
Pablo seguirá cobrando 1200 euros durante la reducción de jornada.
Cómo
vemos en el ejemplo, el empresario pagará el salario y las cotizaciones del
trabajador que correspondan por la jornada reducida, y el resto será abonado
como prestación por la entidad gestora o la mutua con la que la empresa tenga
cubiertas las contingencias profesionales, o en su defecto, las contingencias
comunes.
Solicitar la prestación por cuidado de hijo con una
enfermedad grave
El
primer paso es preguntar a la empresa con quien tiene cubiertas las
contingencias profesionales, si te indica una Mutua Colaboradora de la
Seguridad Social, tendrás que contactar con la misma para que te
muestre los pasos a seguir, si no, deberás acudir a una de las oficinas del INSS (Instituto
Nacional de la Seguridad Social) y presentar el modelo de solicitud junto
a la documentación que se requiera.
Procura solicitar la ayuda antes de que pasen tres meses desde el inicio
de la jornada reducida. Si no han pasado tres meses la ayuda se
concederá con efecto retroactivo, es decir, cobrarás lo correspondiente desde
el primer día de jornada reducida. Si pides la ayuda pasado ese plazo se te
concederá pero solo desde el día en que presentaste la solicitud.
¿Cuánto
tiempo puedo recibir esta ayuda?
En
un primer momento la prestación se concede por un periodo de 30 días, pasado
ese tiempo, deberá prorrogarse cada dos
meses. Si en el informe médico se muestra una duración menor, se
deberá prorrogar tras dicho periodo.
Además,
existen varios motivos por los que esta
ayuda puede extinguirse:
- Cuando el menor ya no necesite cuidado directo,
continuo y permanente.
- Cuando cumpla los 18 años.
- Por reiniciar la actividad, es decir, volver al
trabajo a jornada completa.
- Cuando uno de los progenitores deje su trabajo.
- Por fallecimiento del menor o del beneficiario de la
prestación.
Por
otra parte, también es posible que la
prestación se suspenda por incapacidad temporal, maternidad,
paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia u otras situaciones
similares que suspendan la relación laboral.
Por ejemplo, una madre tiene una jornada reducida y percibe la
prestación para cuidar de su hijo, pero sufre una caída y se da de baja. En
este caso, la prestación se suspendería y se pasaría a recibir la prestación
por incapacidad temporal. Durante ese tiempo, el padre podría solicitar la
reducción de jornada y la prestación para ocuparse del cuidado del menor (cómo
veremos en el siguiente apartado).
¿Pueden
solicitar la prestación sus progenitores?
Uno
de los requisitos para tener derecho a esta prestación es que, si son varios
los miembros de la unidad familiar, todos trabajen, ya que si no, uno de ellos
podría cuidar al menor, no se tendría que reducir ninguna jornada de trabajo y,
por tanto, tampoco habría pérdida económica que compensar.
Si ambos progenitores trabajan, solo podrá solicitar la prestación
uno de ellos, también podrán alternarse por periodos de más de un mes. Por
ejemplo, uno los dos primeros meses y otro los dos posteriores.
Esto
cobra especial relevancia cuando se trata de padres divorciados o separados. En
ese caso, la primera opción es lo que ambos acuerden, si no, tendrá derecho
quien tenga la custodia, o si es compartida, quien solicite primero la
prestación.
Cotizar durante la reducción de jornada por cuidado de hijo
con enfermedad grave
Al
reducirse la jornada, también se reduce el salario y por tanto, la cotización
del trabajador, sin embargo, esto no se tiene en cuenta al solicitar
determinadas prestaciones.
Cuando
el trabajador solicite una
prestación por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia,
maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia
o incapacidad temporal, se tendrá en cuenta la cantidad que
cotizaba antes de la reducción de jornada, es decir, el 100% de su cotización
anterior.
Por
otra parte, al solicitar una prestación
por desempleo, también se tendrá en cuenta lo que se cotizaba por la jornada
normal de trabajo y no por la jornada reducida. De este modo la jornada
reducida no afectará al trabajador al solicitar estas ayudas.