martes, 3 de febrero de 2015

Requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo

Requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo:

  • Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • No tener la edad de jubilación.
  • Haber cotizado un perĆ­odo mĆ­nimo de 360 dĆ­as en los Ćŗltimos 6 aƱos.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada, suscribiendo el compromiso de actividad.
  • Presentar la solicitud de prestación por desempleo.

Plazo para su solicitud:

El plazo para solicitar la prestación es de 15 días hÔbiles (no se cuentan domingos ni festivos) desde el cese en el trabajo.
Si el trabajador tuviera pendiente el disfrute de sus vacaciones, el plazo empezarĆ­a a contar a partir del dĆ­a que finalice el perĆ­odo de vacaciones.

Documentos que debe presentar:

  • Identificación del solicitante mediante la presentación del DNI o documento equivalente para extranjeros (TIE). En caso de tener hijos a cargo presentar Libro de Familia.
  • Certificado de empresa en la que ha trabajado los Ćŗltimos 180 dĆ­as (6 meses).
  • Última nómina.
  • Impreso de solicitud de la prestación por desempleo, debidamente cumplimentado, en modelo oficial que se recoge en la misma oficina de empleo.
  • Inscripción como demandante de empleo, que se realizarĆ” en la misma oficina antes de hacer la solicitud de la prestación.

Duración de la Prestación:

DependerÔ de los días que haya cotizado el trabajador en los 6 últimos años, conforme a la siguiente tabla:
Período de cotización (en días) Período de prestación (en días)
Desde 360 hasta 539 120
Desde 540 hasta 719 180
Desde 720 hasta 899 240
Desde 900 hasta 1.079 300
Desde 1.080 hasta 1.259 360
Desde 1.260 hasta 1.439 420
Desde 1.440 hasta 1.619 480
Desde 1.620 hasta 1.799 540
Desde 1.800 hasta 1.979 600
Desde 1.980 hasta 2.159 660
Desde 2.160 dĆ­as 720

Cuantía de la Prestación:

  • EstarĆ” en función de la Base Reguladora (BR) que tenga el trabajador. Dicha Base Reguladora se obtiene por la suma de las bases de cotización de los Ćŗltimos 180 dĆ­as cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo, dividida entre 180.
  • La cuantĆ­a de la prestación es el resultado de aplicar un porcentaje %a la Base Reguladora (que hemos calculado anteriormente).
  • El 70% de la BR durante los primeros 180 dĆ­as.
  • El 50% de la BR los dĆ­as restantes.
  • Existen unas cuantĆ­as mĆ­nimas y mĆ”ximas de la prestación, en función del nĀŗ de hijos y del IPREM existente cuando se inició la prestación: Tope MĆ”ximo: El 175% del IPREM (si no tiene hijos), el 200% del IPREM (con 1 hijo a cargo), o el 225% (con 2 o mĆ”s hijos). Tope MĆ­nimo: El 80% del IPREM (sin hijos), el 107% del IPREM (con al menos un hijo).
    Estas cuantĆ­as se calculan sobre el importe mensual del IPREM incrementado en 1/6 en concepto de pagas extraordinarias
  • Las CuantĆ­as mĆ”ximas de la prestación contributiva en 2014 son:
    Sin hijos ….1087,2 €
    1 hijo ….1242,52 €
    2 hijo o mĆ”s…1397,83 €
  • Las CuantĆ­as mĆ­nimas de la prestación contributiva en 2014 son:
    Sin hijos……..497 €
    1 hijo o mĆ”s…..664,74 € 
 

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